SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL COLEGIO
DE BACHILLERES DEL ESTADO DE OAXACA

“Por la Reivindicación Laboral y la Superación Académica”

SUTCOBAO-COBAO CONCLUYEN REVISIÓN SALARIAL Y CONTRACTUAL 2016

El Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (SUTCOBAO), informa a la base trabajadora afiliada a esta Organización, que en Asamblea Estatal de Delegados,  celebrada el día 16 de marzo de 2016, una vez revisada la propuesta se acordó concluir la revisión contractual, toda vez que en el rubro de las prestaciones en promedio se incrementaron un 12%, además se contemplan nuevas prestaciones;  por lo que se refiere al incremento salarial, éste corresponderá al  que otorgue la Secretaría de Educación Pública a todos los trabajadores de la educación y que en años anteriores se ha anunciado a más tardar el  14 de mayo. Esta decisión inédita se tomó ante la situación económica que prevalece en el país, en el estado de Oaxaca y por ende en el COBAO.
ACUERDOS:
1.-  En la cláusula primera se incluyen las definiciones de: nombramiento, docente y horas interinas.
2.- Se incluye el párrafo segundo de la cláusula vigésima a la décima séptima, por referirse al mismo tema (contrataciones y cambios de plantel).
3.- La cláusula decima octava se modifica su redacción en cuanto a suprimir el concepto de “comisión sindical” por los de encomiendas o cargos. Ello para no contravenir la LGSPD.
4.- Clausula vigésima se incluye la obligatoriedad de que el trabajador que este gozando de un permiso especial, tenga que avisar con un mínimo de quince días de anticipación su deseo de reincorporarse nuevamente al puesto o plaza que le pertenece. Igualmente se suprime el párrafo segundo.
5.- En la cláusula trigésima quinta se modifica el párrafo tercero, eliminando la palabra “convencional”, quedando únicamente “salario” que en términos generales es más amplio.
6.- Modifica la cláusula cuadragésima segunda, armonizándola con lo que estipula la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a los días de descanso y se incluye que para el caso de que el día primero de febrero (aniversario del SUTCOBAO) sea inhábil se concederá el día hábil posterior, lo mismo se aplicará en el día del cumpleaños del trabajador. Para el caso de los planteles que laboran los días sábados, los días de suspensión oficial (que marcan los incisos: C, E, I y K) que correspondan al día lunes se otorgará como suspensión el día hábil inmediato anterior.
7.-  Clausula cuadragésima cuarta se acuerda el siguiente beneficio: Para el caso de que el parto se adelante y el ISSSTE no conceda la licencia de los noventa días, El Colegio le otorgará los días que falten para  completar  el periodo indicado y cinco días a los padres por  nacimiento de hijo.

8.- Nueva prestación (1). En la cláusula cuadragésima cuarta, “Para el caso de que la trabajadora adopte un infante, que tenga una edad de entre cero a cuatro años, recibirá una canastilla por valor de $1,800.00 (mil ochocientos pesos 00/100 M.N.)”
9.- La prestación del día 10 de mayo se incrementa de $800 a $850.00 pesos.
10.- La prestación de día del padre se incrementa de $100 a $150 pesos.
11.- Clausula cuadragésima novena, se crea la Comisión de Mejora Continua y Gestión a la Calidad.
12.- El Colegio se compromete a descargar hasta 8 HSM, a un médico docente en los planteles donde exista la capacitación de Higiene y Salud Comunitaria, a fin de brindar servicio médico durante esas horas al personal y alumnos (dicha autorización queda sujeta en los lineamientos internos).
13.- En la cláusula sexagésima segunda se reduce el requisito de antigüedad para obtener las becas de licenciaturas y posgrados de cinco a cuatro años.
14.- Se incrementan los montos de apoyo para pasaje del intersemestre, quedando de la siguiente manera:


SEDE

CANTIDAD ANTERIOR

CANTIDAD ACTUAL

SEDE ESTATAL

$ 1350.00

$ 2000.00

SEDE REGIONAL

$ 800.00

$ 1000.00

SEDE LOCAL

$ 400

$ 500.00

15.-  Nueva prestación (2) llevada al contrato colectivo, setenta y cinco becas para hijos de trabajadores que estén estudiando nivel licenciatura con promedio de 9.0


Ciclo escolar

Cantidad

Trimestre

$2,000.00

Cuatrimestre

$3,000.00

Semestre

$4,500.00

Anual

$9,000.00

16.- Clausula Sexagésima sexta. La beca intersemestre de los trabajadores administrativos se incrementa de $120 a $135 pesos.
17.- Clausula Sexagésima sexta BIS.  La prestación de eficiencia en el trabajo para administrativos se incrementa de $200 a $300 pesos y se fusiona con la prestación de fomento al desarrollo humano quedando de la siguiente manera:


Años de Servicio

Importe quincenal

0-5

$250.00

6-10

$325.00

11-15

$400.00

16-20

$450.00

21-25

$500.00

26 en adelante

$650.00

18.-  Se institucionaliza el programa anual de estímulos al desempeño del trabador administrativo.


Desempeño

Puntaje obtenido

Cantidad

A

DE 95 A 100

            $2,500.00

B

DE 90 A 94

$1,500.00

C

DE 80 A 89

$1,000.00

19.- Clausula Sexagésima sexta BIS A. La prestación de actuación y productividad del personal docente se incrementa de $200 a $300 pesos y también se fusiona la prestación de fomento al desarrollo humano.


Años de Servicio

Importe quincenal

0-5

$250.00

6-10

$325.00

11-15

$400.00

16-20

$450.00

21-25

$500.00

26 en adelante

$650.00

20.- Nueva  prestación (3), “Superación académica”, aplica al personal docente.


Personal que labora

Monto

40

$2,000.00

De 20 a 39

$1,500.00

De 19 o menos

$1,000.00

21.- Las horas de descarga para el personal administrativo que está realizando estudios, se podrán conceder en fin de semana.
22.- Se acordó permiso con goce de sueldo para ambos padres trabajadores en caso de cuidados especiales de hijos o hijas.
23.- Para la conclusión de la tesis de licenciatura o maestría, se le concederá al personal docente y administrativo por única vez, un período de tres meses descargándole el 50% o de un mes y medio descargándole el 100% de su jornada laboral
24.- Se modificó la tabla de los días económicos. 


Días económicos disfrutados

Pago de días

0

7

De 1 a 3

6

De 4 a 6

4

De 7 a 9

3

De 10 a 12

0

Días económicos disfrutados

Pago de días

0

8

De 1 a 2

7

De 3 a 4

6

De 5 a 6

5

De 7 a 8

4

De 9 a 10

3

De 11 a 12

0

                                                                      

Anterior                                                                                            Actual

25.- Clausula Septuagésima cuarta. Se incrementan dos días más (6 a 8) para el caso de pago por renuncia voluntaria.
26.- Clausula Septuagésima cuarta BIS. Para el caso de baja por jubilación se incrementan dos días más para el caso de los trabajadores que tengan más de 15 años y uno más para las mujeres.
27.- Nueva prestación (4). Indemnización por fallecimiento de la siguiente manera:


Años de servicio efectivos

Meses a pagar

De 1 a 10 años

8 meses

Más de 10 a menos de 20 años

10 meses

De 20 años en adelante

12 meses

 
28.- Nueva prestación (5).  Indemnización por incapacidad permanente por riesgo no profesional. El Colegio le otorgará el importe de dos meses de sueldo tabular, más prima de antigüedad por  única vez, más ocho días de sueldo tabular por cada año de servicio en El Colegio; lo anterior será independiente de las prestaciones o indemnizaciones que otorga el ISSSTE.    
29.- El monto de apoyo para convivio se incrementa de $175 a $200 pesos
30.- Se incrementa el monto de aniversario del SUTCOBAO de $175 a $180 pesos.
31.- El Colegio se compromete a cubrir el pago de licencias o renovación de ellas para los choferes. 
32.- El apoyo de pasaje sube $40.00 pesos.
33.- El Apoyo para Material didáctico sube $0.20 centavos.


ANTIGÜEDAD

PAGO ANTERIOR

PAGO ACTUAL

DE 0 A 1 AÑO

$ 2.30

$ 2.50

DE 2 A 5 AÑOS

$ 2.80

$ 3.00

DE 6 A 10 AÑOS

$ 3.80

$ 4.00

DE 11 A 15 AÑOS

$ 4.30

$ 4.50

DE 16 A 20 AÑOS

$ 4.80

$ 5.00

DE 21 A 25 AÑOS

$ 5.30

$ 5.50

DE 26 EN ADELANTE

$ 5.80

$ 6.00

34.- La prestación de apoyo para útiles escolares incrementa de $525 a $550 pesos.

35.- Se incrementan los pagos para los asesores de los estudiantes que participan en los eventos intercolegiales. Y el asesor podrá acompañarle.


LUGAR

ESTATAL INTERCOLEGIAL

SUR SURESTE
O NACIONAL

INTERNACIONAL

ASESOR 1er. LUGAR

$ 1 600.00

$ 4 500.00

$ 5 500.00

ASESOR 2do. LUGAR

$ 1 100.00

$ 3 500.00

$ 4 500.00

ASESOR 3er. LUGAR

 

 

$ 3 000.00

36.- Se incrementan los montos por años de servicio.


ANTIGÜEDAD

ESTIMULO

RECONOCIMIENTO

10 AÑOS DE
SERVICIO

$1,500.00

DIPLOMA

15 AÑOS DE
SERVICIO

$7,000.00
16.6%

DIPLOMA

20 AÑOS DE
SERVICIO

$9,000.00
12.5%

DIPLOMA Y MEDALLA DE BRONCE

25 AÑOS DE
SERVICIO

$12,000.00
9%

DIPLOMA Y MEDALLA DE PLATA

28 AÑOS DE SERVICIO PARA LAS TRABAJADORAS

$17,500.00
16.6%

DIPLOMA Y MEDALLA DE ORO

30 AÑOS DE SERVICIO PARA LOS TRABAJADORES

$17,500.00
16.6%

DIPLOMA Y MEDALLA DE ORO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

37.- Se autorizan hasta diez horas de descarga.

 

CATEGORÍA

HORAS DE APOYO A LA DOCENCIA

HORAS DE FOMENTO ACADÉMICO

 

TOTAL

PROFESORA O PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO

5

5

HASTA
10

PROFESORA O PROFESOR DE ¾ DE TIEMPO

4

4

HASTA
8

PROFESORA O PROFESOR DE ½ TIEMPO

3

3

HASTA
6

38.- En cuanto a los libros y uniformes para hijos de trabajadores, se entregarán por medio de vales a través del Sindicato.
El Comité Ejecutivo agradece la  confianza y el respaldo de la base trabajadora para llevar a cabo esta negociación y  reitera el compromiso de proteger los intereses laborales, reconoce también la aportación de los Secretarios que conforman el Comité Ejecutivo del SUTCOBAO y  de los delegados sindicales.

“POR LA REIVINDICACIÓN LABORAL Y LA SUPERACIÓN ACADÉMICA”
COMITÉ EJECUTIVO

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